BENEFICIO TRIBUTARIO 2023


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Ordenanza Municipal No. 008 – 2023 – MPI, del 26 de junio 2023
El Pleno del Concejo Municipal Provincial de Ica, presidido por el Ing. Carlos Reyes Roque, Alcalde Provincial; APROBÓ por UNANIMIDAD, el Beneficio Tributario “CON TUS TRIBUTOS ICA CRECE”, con una duración de tres (03) meses. La norma municipal fue publicada el jueves 29 de junio, en el Diario “La Opinión”, y en consecuencia, ya está en vigencia; por lo que se invoca a los administrados, contribuyentes, usuarios, ciudadanía iqueña y público en general; apersonarse a las oficinas del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT ICA, a partir de hoy viernes 30 de junio, en el horario de 08:00 am a 05:00 pm.
IMPUESTO PREDIAL:
PROGRAMA “SIN MOROSIDAD ICA CRECE”
Beneficiarios: Todos aquellos (personas naturales y jurídicas) que mantienen deudas pendientes de pago por Impuesto Predial en la vía ordinaria y coactiva siendo lo siguiente:
Año 2016 hacia atrás, condonación del 100% de intereses moratorios.
Años 2017 al 2022 condonación del 70% de intereses moratorios.
Año 2023: Cero (0%) de intereses moratorios.
Si su deuda se encuentra con un procedimiento de impugnación o reclamo, tendrá que desistir de dicha reclamación.
Derecho de acogimiento: S/. 9.88 Soles (nueve con 88/100 soles) por año.
Si la deuda se encuentra fraccionada presentar una solicitud de desistimiento.
ARBITRIOS MUNICIPALES:
Beneficiarios: Todos aquellos (personas naturales y jurídicas) que mantienen deudas pendientes de pago por Arbitrios Municipales en la vía ordinaria y coactiva siendo lo siguiente:
El Año 2018 y años atrás, la condonación del 70% de la deuda insoluta, así como la condonación del 100% de intereses moratorios.
Los Años 2019 al 2022, la condonación del 50% de la deuda insoluta, así como la condonación del 100% de intereses moratorios.
El ejercicio 2023, la condonación del 15% de la deuda insoluta, así como la condonación del 100% de intereses moratorios.
Si su deuda se encuentra con un procedimiento de impugnación o reclamo, tendrá que desistir de dicha reclamación.
Derecho de acogimiento: S/. 9.88 Soles (nueve con 88/100 soles) por año.
Si la deuda se encuentra fraccionada presentar una solicitud de desistimiento.
AGRADECEMOS SU DIFUSIÓN.
Ica, martes 04 de julio 2023
Nota de Prensa No. 783 – 2023 – RRPP – SG - MPI
#CarlosReyesAlcalde
#ConOrdenIcaCrece 

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